La prueba de conocimiento de la lengua gallega estará dirigida a la comprobación, por parte del tribunal, de que los aspirantes comprenden, hablan y escriben correctamente el gallego, sometiéndolos a las pruebas que consideren más adecuadas para tal comprobación.
Esta prueba se calificará como apto o no apto.
Sin embargo, a las personas aspirantes que acrediten, con carácter previo, como mínimo el titulo CELGA 4 o equivalente, se les dará por superada esta prueba con la calificación de apto.
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